Formulación de Proyectos para Obras por Impuestos

Estructuramos proyectos de infraestructura pública para que su empresa pague impuesto de renta ejecutando obras de alto impacto en territorios PDET y ZOMAC, en vez de girarlo a la DIAN.

$1,145 billones COPcupo fiscal nacional aprobado para Obras por Impuestos en 2026
50%del impuesto de renta que puede extinguirse vía Opción Fiducia
+380 proyectosejecutados en el país entre 2018 y 2025 por más de $3,1 billones COP

Su impuesto de renta, convertido en infraestructura real

Obras por Impuestos (OxI) es el mecanismo que permite a contribuyentes de renta con ingresos brutos superiores a 33.610 UVT (cerca de $1.760 millones COP en la vigencia 2026) pagar hasta el 50% de su impuesto ejecutando directamente proyectos de infraestructura pública en municipios PDET o ZOMAC —los territorios más afectados por el conflicto armado en Colombia—, en lugar de girar ese valor a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

El mecanismo tiene dos rutas —Opción Fiducia y Opción Convenio— cada una con reglas, ventanas de postulación y esquemas de contratación distintos. Formular un proyecto que sea viabilizado por el Ministerio correspondiente, la Agencia de Renovación del Territorio (ART) y el Departamento Nacional de Planeación (DNP) exige dominio técnico de la Metodología General Ajustada (MGA) y del Manual Operativo de Obras por Impuestos. En ChicKapital acompañamos ese proceso de principio a fin.

¿Qué incluye?

Identificación de necesidades de infraestructura en municipios PDET y ZOMAC

Formulación del proyecto en MGA Web y su transferencia al sistema SUIFP-OxI

Gestión de la viabilidad técnica ante la Entidad Nacional Competente, la ART y el DNP

Estructuración del presupuesto y la matriz de riesgos exigida por el Manual Operativo

Gerencia del proyecto durante la ejecución: contratación, interventoría y cronograma

Acompañamiento en el cierre fiscal: extinción de la obligación tributaria o gestión de los TRT

Fases del acompañamiento

01 · Ideación y Priorización

Identificamos necesidades reales de infraestructura en municipios PDET/ZOMAC y evaluamos el nivel de viabilidad técnica y de impacto antes de iniciar la formulación.

02 · Formulación en MGA y SUIFP

Estructuramos el proyecto técnica y financieramente, incluyendo la matriz de riesgos y los anexos exigidos por el Manual Operativo, listo para su registro ante la ART.

03 · Postulación y Viabilidad

Gestionamos la evaluación ante la Entidad Nacional Competente, la ART y el DNP, y respondemos las observaciones técnicas hasta lograr la viabilidad del proyecto.

04 · Gerencia y Seguimiento Técnico-Financiero

Como oficina de proyecto, coordinamos contratación, interventoría, cronograma y presupuesto hasta la entrega a satisfacción y el cierre fiscal correspondiente.

Resultados verificables para su proyecto

Impacto social verificable

Su carga tributaria se convierte en vías, agua potable, energía o infraestructura educativa en las regiones que más lo necesitan, con trazabilidad y visibilidad institucional.

Contratación de derecho privado

A diferencia de las regalías, Obras por Impuestos permite contratar gerentes, constructores e interventores bajo reglas privadas, agilizando tiempos frente a la contratación estatal tradicional.

Riesgo gestionado técnicamente

Elaboramos la matriz de riesgos exigida por el Manual Operativo y acompañamos su mitigación durante toda la ejecución del proyecto.

Cierre fiscal gestionado

Acompañamos la extinción de la obligación tributaria ante la DIAN o la gestión y eventual venta de los Títulos para la Renovación del Territorio (TRT).

Dos rutas para pagar impuestos con obras

Opción Fiducia (Art. 238 de la Ley 1819 de 2016): la empresa deposita el valor del proyecto en un fideicomiso, que administra los fondos y contrata la obra. Extingue directamente hasta el 50% del impuesto de renta a cargo.

Opción Convenio (Art. 800-1 del Estatuto Tributario, Ley 2010 de 2019): la empresa ejecuta el proyecto con recursos propios, sin exceder el 30% de su patrimonio contable, y recibe Títulos para la Renovación del Territorio (TRT) negociables para pagar impuestos.

¿Quién puede acceder?

Personas jurídicas y naturales contribuyentes del impuesto de renta con ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT en el año gravable anterior. Empresas en período improductivo también pueden participar bajo la Opción Convenio, acreditando garantías financieras por el 100% del costo del proyecto más un 20% de contingencia.

Los proyectos deben ejecutarse en municipios clasificados como Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC) o con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), en sectores como vías, educación, agua potable y saneamiento, energía, salud o infraestructura productiva.

¿Listo para convertir su impuesto de renta en infraestructura real?

Conversemos sobre su nivel de tributación, los sectores de su interés y los territorios donde su empresa quiere generar impacto.